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miércoles, junio 20, 2007

CNTV puso en marcha la nueva estructura




La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, Cntv, puso en marcha una nueva estructura, que tiene como principales novedades la creación de la Oficina de Contenidos y Defensa del Televidente, dedicada a la gestión, vigilancia y control de los contenidos que se transmiten en la televisión.


De esta oficina forma parte la figura de El Defensor del Televidente, que recoge una iniciativa del Gobierno Nacional, a través de la Ministra de Comunicaciones.La Oficina del Defensor del Televidente velará porque los derechos de los televidentes sean respetados por todos los operadores, en tres frentes, principalmente, en franjas horarios, y parrillas de programación.


Los cambios de la Cntv fortalece la Subdirección Técnica al convertirla en una dependencia preparada para manejar dos ramas específicas: la administración del espectro electromagnético que usa la televisión abierta, y la administración de la nueva tecnología de la televisión digital terrestre. “Con estos cambios, la entidad podrá focalizar más su trabajo en el control de los contenidos señaló el director Ricardo Galán.


Fortalecimiento en la vigilancia de contenidos La reestructuración de la Cntv convierte a la Secretaría General en una Gerencia, para liberar a la Junta Directiva y al Director de cargas administrativas y dedicar todos los esfuerzos al diseño de las políticas de televisión. La prioridad de la nueva estructura de la Cntv, enfatizó su director Ricardo Galán, será la protección de los derechos de los niños y de los jóvenes, con una estricta vigilancia de los contenidos. De igual manera, el cambio fortalece la Oficina de Regulación de la Competencia.


¿DEFENSORIA OFICIAL DEL TELEVIDENTE?
Por Germán Yances

En los últimos días la Comisión Nacional de Televisión ha tenido dos ideas, una muy buena y una muy mala. La buena es crear la Oficina de Contenidos, porque finalmente el contenido es la razón de ser del servicio público de televisión. Era inconcebible que esa función hubiera sido considerada históricamente como una tarea menor y que la entidad estuviera dedicada por completo a manejar el negocio de los particulares.


La idea mala, pésima, ha sido crear una Defensoría del Televidente adscrita a esa entidad y que por tanto tendrá carácter oficial. La CNTV es la instancia sancionatoria de la televisión, mientras que las defensorías del televidente forman parte de los mecanismos de autorregulación y de control social.


Por eso, preocupa que la autoridad oficial de la televisión, además de su facultad sancionatoria, se inmiscuya de esa manera en el ámbito privado para apoderarse de un mecanismo de autocontrol, suplantando a la vez a la sociedad civil.


Sin duda, los televidentes requieren una instancia que los defienda del gran poder de la televisión, y esa es la capacidad sancionatoria de la CNTV. Lo otro son mecanismos sociales de autorregulación para trabajar una simetría entre el poder de los canales de televisión y los derechos de las audiencias.


Hace un tiempo pasó por la cabeza de la CNTV la idea peligrosa de dictar un código de ética para los canales de televisión, pero rápidamente fue desechada porque alguien entendió que eso amenazaba censura.


Por eso, es cosa de temer que ahora la CNTV haya decidido crear en esa entidad una coordinación de defensorías del televidente. ¿Acaso un orangután con saco de leva?

martes, junio 12, 2007

Alianza Fedecoter y la empresa Canadiense ABS Group Telecom Inc

¡Se ha preguntado alguna vez!

¿Cuánto cuesta y cómo colocar su señal de radio en Internet o en el satélite?


¿Cuánto cuesta y cómo colocar su señal de televisión en Internet o en el satélite?

¿Qué costo tiene un equipo para microondas para transmisiones en directo?

¿Cuánto cuesta y cómo prestar el servicio de Internet por medio del mismo cable de la red de televisión?

¿Cuánto cuesta y cómo prestar por medio de la estación de radio o televisión el servicio de Internet inalámbrico?

¿Dónde comprar en bloque a bajo costo elementos para sus redes de televisión?


A todas estas preguntas les encontrará una respuesta el próximo 11 de agosto en la reunión que propiciará Fedecoter con la empresa Canadiense ABS Group Telecom Inc, en la que obtendrá todas estas informaciones de primera mano. Nuestra federación sigue buscando muchas, mejores y nuevas opciones para la radio y la televisión comunitaria.

Advanced Broadband Supply Group Telecom Inc. es una empresa que fue creada por profesionales especializados en la industria del CATV, con el objetivo de satisfacer las necesidades que van creciendo día con día en el mercado de las telecomunicaciones por cable, ofreciendo productos de avanzada tecnología a precios competitivos.Contando con un servicio amigable y profesional, nosotros podemos llevarle nuestros servicios, sin importar donde usted se encuentre en el mundo.

Advanced Broadband Supply Group Telecom Inc., además le ofrece su soporte técnico de Alta calidad que le ayudaría con sus preguntas y sus necesidades. Nuestra Empresa le brinda la posibilidad de comprar los mismos productos o de calidad superior a los precios mas bajos.
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Imagínese un negocio exitoso atendido con tecnología de vanguardia: Esta es la magnifica oferta de ABS Group Telecom Inc

jueves, junio 07, 2007

Juzgado 44 de Bogota Falla en contra de las Pretenciones de Sayco en contra de la Televisión Publica y Comunitaria de Colomnbia

El Juzgado 44 Administrativo del Circuito de Bogotá falla en contra de las Pretenciones de Sayco:
Pretenciones:
Se ordene a la Comisión Nacional de Televisión que:
  • Exija a todos los prestatarios del servicio de televisión publica, en sus diferentes modalidades, la autorización previa y expresa, concretada en el respectivo paz y salvo, otorgado por la sociedad de autores y compositores, Sayco, en virtud del cual......
  • Que como consecuencia de lo anterior, a aquellos prestatarios del servicio de televisión pública en sus diferentes modalidades, que no acrediten que cuentan con la referida autorización les sean impuestas las correspondientes sanciones administrativas, y correlativamente se le ordene adstenerse de utilizar obras musicales administradas y representadas por Sayco en los términos que prescriben .......

Falla:

  • Denegar la primera suplica de la actora por las razones expuestas en la parte motiva.

Tenemos centencias muy claras en la que se manifiesta que la titularidad de derechos de autor en televisión esta en manos del productor para lo que hemos sostenido que lo que somos nosotros es productores.

Nuestros lectores que desean ver el texto completo de la Sentencia nos la pueden solicitar al correo electronico.

Consejo Nacional de Televisión Comunitaria se pronuncia frente la inconstitucionalidad e inconveniencia del proyecto de ley de Televisión.

Chia, 5 de junio de 2.007


Honorables Senadores
Honorables Representantes
Comisiones VI
Senado de la República
Cámara de Representantes
Bogotá D.C.


Referencia: PROYECTO DE LEY 140/06 Senado y 191/06 Cámara.

Respetados Señores:

Conocedores del proyecto de Ley 148 de 2007 por medio del cual, por iniciativa del Ministerio de Comunicaciones, de la manera más respetuosa nos permitimos presentar nuestras consideraciones sobre su inconstitucionalidad e inconveniencia para las Comunidades Organizadas del país.

La Televisión Comunitaria constituye el mayor esfuerzo de democratización en el acceso a la prestación del servicio de televisión y la más numerosa expresión del pluralismo en la generación de opinión en informaciones a los ciudadanos. Cerca de 900 Comunidades en todos los municipios del país, no sólo en las grandes ciudades sino principalmente en los pequeños municipios, constituye una alternativa de servicio de calidad, de acceso a la cultura global y de expresión de la identidad y las necesidades de las comunidades, en muchos casos supliendo la labor del Estado. Todas las mediciones realizadas por la CNTV, el DANE y otros organismos de la mayor seriedad confirman como su atención está concentrada en los estratos 1, 2 y 3, poblaciones que en la mayoría de los casos no tienen capacidad para pagar servicios de índole comercial más costosos, como la Televisión por Suscripción o Satelital.

El Consejo Nacional de Televisión Comunitaria, agrupa las organizaciones regionales de Televisión Comunitaria de Antioquia, el eje cafetero, los Santanderes, el Valle del Cauca, Cauca y Nariño, Tolima, Cundinamarca, las cuales representan comunidades que operan desde la Costa Atlántica hasta el Putumayo y desde el Chocó hasta el Casanare. Como lo verificó la misma CNTV recientemente, a través de los ocho foros de televisión comunitaria realizados en el presente año, somos organizaciones reales de carácter ciudadano, comunitario, sin ánimo de lucro y de sentido eminentemente social, ejerciendo nuestros derechos en más de 400 municipios del país.




La Televisión Comunitaria en Colombia ha realizado un esfuerzo enorme de formalización desde 1996. Desde el Consejo Nacional de Televisión Comunitaria nos hemos comprometido con una tarea de capacitación y acompañamiento de las comunidades para que cumplan con la Ley y la regulación vigentes. Mediante un esfuerzo constante hemos realizado una tarea seria de participación y hemos rechazado abiertamente la existencia de servicios piratas u organizaciones de papel que nada tienen que ver con las comunidades, que son reales, que prestan el servicio legalmente, que están sujetas al control del Estado y le tributan y que significan la mejor posibilidad el entretenimiento, diversión sana y expresión de más de 400.000 familias en Colombia, como lo confirmó la Encuesta de Hogares del DANE en el año 2004.

Con todo respeto manifestamos al Honorable Congreso de la República cómo el proyecto en mención significará la desaparición de la Televisión Comunitaria y con ella, la posibilidad de una televisión social y de bajo costo para las comunidades de los estratos de mejor capacidad económica del país.

De un lado, desconoce la iniciativa gubernamental la realidad social y pretende reducir la participación de la sociedad civil a las Universidades, al reducir a esta instancia la posibilidad de elegir al miembro de la Junta Directiva de la CNTV y cercenar la capacidad de elección de las Asociaciones de Televidentes actualmente establecida en el literal d) del artículo 6 de la Ley 182 de 1995, modificado 1 de la Ley 335 de 1996, con el argumento equivocado de que las comunidades organizadas participamos simultáneamente de la elección del miembro de la Junta Directiva establecido en el literal c) de la misma norma, lo cual no es cierto.

Mucho más grave resulta la iniciativa general de definir de manera errada el contenido audiovisual emitido vía cable o satélite como un servicio de valor agregado, de modo que se entiende que son simples datos. Claramente, son mensajes audiovisuales dirigidos a los grandes públicos, con el mismo efecto en la formación de la opinión que tienen las señales que viajan por el aire; con las mismas características de producción, con los mismos propósitos comunicativos de información, de entretenimiento, o de aprovechamiento educativo, cultural y social.

En razón a la reducción en la definición del servicio, que se hace ahora en función de la tecnología empleada y no de su naturaleza, su función e impacto sociales, claramente limitará a la Televisión Comunitaria a ser un servicio de valor agregado, como en efecto establece la ponencia presentada en la Cámara de Representantes.

Dicha definición tiene un efecto perverso al desconocer la verdad. Que nuestro servicio y nuestra producción propia tienen principalmente carácter social, educativo y cultural; de interés público, y eso no deja de ocurrir por el hecho de que las señales transiten vía cable.


Nuestra lucha de años ha conseguido que con el tiempo la CNTV reconozca esta realidad y en virtud de la misma nos haya otorgado derechos de acceso a capacitación y fomento, a programación de televisión pública, a concursar por fondos para producir televisión social, a recibir apoyo en las zonas alejadas, de frontera o de extrema pobreza donde nadie más opera, a tarifas de compensación muy reducidas, que en la mayoría de los casos no superan el 1% de nuestro ingreso anual y a que proteja nuestra naturaleza social y comunitaria. Todos estos derechos desaparecerán al definir que no somos lo que hacemos, y llamarnos de manera equivocada servicios de valor agregado. Sin el apoyo al que tenemos derecho, obligados a una forma de competencia despiadada que no diferencia entre la prestación comercial y el servicio social y sin ánimo de lucro, en medio de la guerra de tarifas del presente, no tenemos ninguna posibilidad de permanecer.

En distintas ocasiones en el pasado, hemos denunciado ante las mismas Comisiones Sextas del Congreso de la República cuando hemos sido críticos de la acción de la CNTV en diversos casos. Sin embargo, también debemos reconocer que a través de su labor ha ocurrido un esfuerzo enorme de democratización del servicio, hemos podido ejercer nuestro derecho a la participación y ser escuchados en varias ocasiones y hemos ganado el reconocimiento de la labor que hacemos y el apoyo para hacerla bien al servicio de las comunidades.

En esta oportunidad, por la vía de una modificación legal que ha sido rechazada por todos los sectores del medio, también a nosotros se nos pretende quitar lo que hemos conseguido para los ciudadanos en diez años de trabajo y que por orden de la Constitución y la Ley hoy nos corresponde.

Con preocupación, por tanto, solicitamos a los Honorables Congresistas nos concedan un espacio en el debate del próximo martes 12 de junio para exponer en detalle las consideraciones por las cuales rechazamos del todo el Proyecto de Ley en mención y las adiciones posteriores y solicitamos además que atendiendo a los argumentos presentados por la Televisión Nacional Abierta, la Televisión Pública Regional, la Televisión por Suscripción y Satelital se archive este proyecto inconsulto, que consideramos improvisado porque en nada corrige las necesidades del sector y muy por el contrario, ahonda las dificultades ya existentes.

Cordialmente,




FERNANDO RIVERA VILLAMIL
Presidente

Con Copia: Señora Ministra de Comunicaciones
Señores Miembros Junta Directiva Comisión Nacional de Televisión.