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martes, agosto 14, 2007

Precisiónes del Comisionado Eduardo Noriega de la Hoz

Soy conciente de que luego de que entre todos conquistamos para el sector de la Televisión Comunitaria del país un marco normativo y reglamentario propicio para su consolidación y desarrollo nos queda, entre muchos proyectos que con ustedes he comentado, una tarea fundamental en el corto plazo, que es la de lograr que la Junta Directiva, por fin, adopte la Tarifa Mínima para los concesionarios de Televisión por Suscripción.

En efecto, con el propósito de establecer un control sobre la tarifa que cobran los concesionarios de Televisión por Suscripción se estableció a cargo de estos la obligación de informar en línea a la CNTV sobre usuarios, facturación y valor de las diferentes tarifas cobradas a los suscriptores (artículo 48 Acuerdo 010/06) y, de otra parte, se previó el establecimiento por parte de la CNTV de una tarifa mínima mensual para cobrar a los usuarios de Televisión por Suscripción (artículo 7 del Acuerdo 10 /06).

Con la fijación de esta Tarifa Mínima se logrará justamente el propósito de evitar la práctica de un comportamiento ilegal por parte de algunos operadores de Televisión por Suscripción, que es el de establecer tarifas por debajo de sus costos con la finalidad de acabar con la Televisión Comunitaria del país.

Saben ustedes que desde la entrada en vigencia del citado Acuerdo he intervenido ante la Junta Directiva y la Dirección de la Comisión para que con la mayor prontitud se adopte dicha tarifa. Sin embargo, por razones que no es del caso comentar acá, el establecimiento de la misma no ha sido posible.

Sobre el particular deseo ser claro con ustedes en el sentido de que esta es una obligación ineludible de la Junta Directiva y así quedó claramente previsto por iniciativa mía en el citado Acuerdo. Deseo entonces informarles que gracias a mi insistencia la CNTV ya contrató el estudio que se necesita para el establecimiento de la Tarifa Mínima y que el resultado de dicho estudio deberá empezar a ser entregado antes del 27 de agosto con un plazo máximo hasta el 27 de octubre, momento a partir del cual ni la Dirección ni la Junta Directiva tendrán excusa legalmente atendible para no adoptar la tarifa.[1]

Este es un hecho que conocen bien todos los compañeros de la Televisión Comunitaria por lo que no es posible que quienes antes apoyaron a los que se han opuesto a esta iniciativa, aparezcan ahora como los promotores de la misma.

De otra parte y en relación con la campaña que se avecina, en la que aspiro a ser reelegido con el respaldo de quienes han seguido de cerca mi labor durante estos dos años, deseo informarles que no asistiré a Foros ni Encuentros promovidos por aquellas personas que de manera pública han respaldado a los enemigos de la Televisión Comunitaria y a quienes en el seno de la Junta Directiva se han consagrado exclusivamente a la defensa de los intereses de algunos Concesionarios de Televisión por Suscripción y ahora promueven y patrocinan candidatos que obviamente defenderán los intereses de quienes los financian.

Como siempre, estaré en permanente comunicación con quienes representan legítimamente los intereses de la Televisión Comunitaria del país.


Cordialmente,



EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ
[1] El estudio fue posible contratarlo luego de iniciado el proceso por el nuevo Director de la CNTV, Doctor Ricardo Galan, el 14 mayo.07. El contrato se firmó el 27 de julio de 2007 y el contratista favorecido fue la firma Consultorías, Inversiones y Proyectos – CIP Ltda., que deberá entregar su informe a más tardar el 27 de octubre 2007. Sin embargo la Dirección de la CNTV ha señalado que tratará de tener dicho informe lo antes posible.

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