RESOLUCION No 003
Del 28 de Octubre de 2012.
La Junta Directiva de la
Federación de Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios de Colombia, Fedecoter, en uso de sus atribuciones y
CONSIDERANDO
1- Que el día de ayer 27 de Octubre de 2012 falleció en la ciudad de Anserma
Caldas nuestro compañero vicepresidente y amigo SERGIN GIRALDO RESTREPO.
2- Que: SERGIN GIRALDO RESTREPO
fue quien puso en marcha al servicio de la comunidad de Anserma Caldas la
emisora “Anserma Cultural Stereo”.
3- Que SERGIN GIRALDO RESTREPO
hizo de la Radio su vocación, sirvió, honró a la misma y la puso al servicio de
su comunidad, fue leal a la verdad y creyó en el poder transformador de la
palabra, con su gran voz le llevó sus mensajes de semillas del éxito a todos
los rincones del occidente Colombiano y con su informador de Occidente llevó no
solo información si no también un gran trabajo social a los habitantes de
Anserma Caldas.
4- Que: SERGIN fue vicepresidente
de FEDECOTER durante los ultimos 7 años, tiempo
en el cual nos animo con su voz fuerte, clara, impulsando y acompañando nuestras
grandes luchas por defender la Radio y la Televisión Comunitaria eje de la
labor de nuestra organización.
5- Que es deber sentido de la
Federación lamentar profundamente el fallecimiento de todas las personas
vinculadas a los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios, Radio,
Televisión y Prensa Comunitarias del País, especialmente la pérdida de SERGIN, quien fue nuestro
vicepresidente, compañero y amigo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1- Lamentar
profundamente el fallecimiento del compañero de Fedecoter, SERGIN GIRALDO RESTREPO.
Articulo 2- Guardar memoria
perdurable de SERGIN GIRALDO RESTREPO,
pues fue un ciudadano comprometido con el desarrollo de su comunidad y contribuyó
a impulsar el bienestar general con la implementación y puesta en marcha de “ANSERMA CULTURAL STEREO”
Articulo 3- Ofrecer nuestra
solidaridad y compañía a la familia de Sergin, a Alba Roció Rodríguez Soto, a
sus hijos y a todos sus familiares y amigos.
Articulo 4- Asistir a sus
honras fúnebres y dar lectura pública de la presente resolución.
Articulo 5- Publicar la
presente resolución en nuestro sitio web, enviarlo a los correos electrónicos
de todos nuestros medios.
Articulo 6- Entregar la
presente resolución, en nota de estilo, a su familia.
Dada en Pereira Risaralda a los veinte ocho días
del mes de Octubre de 2012.
DIEGO FERNANDO CANO GRANADA. JAIRO
HUMBERTO PACHON F.
Presidente. Secretario.