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sábado, enero 14, 2012

Hay que seguir cumpliento con las obligaciones derivadas de las Licencias

La Federación de Medios Ciudadanos y Comunitarios FEDECOTER, ha realizado las diferentes consultas para conocer la responsabilidad en los pagos por concepto de compensaciones y cumplimiento de los acuerdos que se tienen aún por parte de los canales de televisión comunitarios ante la Comisión Nacional de Televisión.
Frente a estos temas, funcionarios de la CNTV y abogados asesores en televisión han coincidido que este ente todavía está vigente ya que no ha sido conformada la nueva junta de la Agencia Nacional de Televisión a pesar de ya estar sancionada la ley, que por ende aún no se ha procedido a ningún empalme entre la nueva ANTV y la CNTV.
Que en el artículo 20 de la ley POR LA CUAL SE ESTABLECE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS ENTIDADES DEL ESTADO EN MATERIA DE TELEVISIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, reza así: “LIQUIDACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN. De conformidad con el Acto Legislativo No. 02 de 2011 artículo tercero, una vez quede conformada la Junta Nacional de Televisión, las entidades del Estado a las cuales se han distribuido competencias, según la presente ley, asumirán e iniciaran el ejercicio de las mismas y la Comisión Nacional de Televisión entrará en proceso de liquidación y utilizará para todos los efectos la denominación Comisión Nacional de Televisión - en Liquidación. El régimen de liquidación será el determinado por el Decreto-Ley 254 de 2000 y las normas que lo modifiquen o adicionen, salvo lo que fuera incompatible con la presente ley. La Comisión Nacional de Televisión - en Liquidación, no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de sus funciones y conservará su capacidad jurídica únicamente para expedir los actos, celebrar los contratos y adelantar las acciones necesarias para su liquidación, incluyendo aquellas requeridas para el proceso de empalme con las demás entidades.
El período de liquidación de la Comisión Nacional de Televisión deberá concluir a más tardar en un plazo de seis (6) meses contados a partir de su inicio. Vencido el término de liquidación señalado o declarada la terminación del proceso liquidatario con anterioridad a la finalización de dicho plazo, terminará para todos los efectos la existencia jurídica de la Comisión Nacional de Televisión. El Gobierno Nacional podrá prorrogar el plazo de liquidación de manera motivada cuando las circunstancias así lo aconsejen, en todo caso la prorroga no podrá exceder de un término mayor a seis (06) meses.”, en consecuencia nos da claramente motivos para informarles que es importante continuar realizando los pagos en perjuicio de los sistemas de televisión que incumplan sus obligaciones, que el gobierno nacional tiene 6 meses prorrogables otros 6 para liquidar la CNTV, que a la fecha el Ministro de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones está reglamentando el procedimiento de selección de los demás integrantes de la junta de la ANTV, que por la misma situación no es pertinente que se abran investigaciones a los sistemas de comunicación por faltas cometidas durante este periodo, que es incierto el futuro de la televisión comunitaria ante los nuevos cambios que se avecinan en materia de legislación, como para ahora caer en la trampa de desconocer las obligaciones.

Con ello solicitamos que no se queden colgados en los pagos por concepto de compensación o que soliciten ante la oficina Administrativa y Finaciera de la CNTV arreglos de pago.

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